A partir de la fecha, GARRO cuenta además de toda la gama habitual de cablecillo y mangueras que ustedes ya consumen, una nueva gama de cable unifilar y manguera libre de halógenos fabricados bajo la nueva normativa CPR.
Asi, comercializamos las referencias más habituales como: 1x25, 1x35, 1x50, 1x70, 1x95, 3G10, 3G16, 5G10, 5G16… etc. Como un servicio especial a nuestros clientes igualmente realizamos cortes a medidas de dichas referencias.
¿Qué es la CPR?
La CPR (del inglés Construction Products Regulation) es un nuevo REGLAMENTO (Nº 305/2011) del Parlamento Europeo a través del cual se establecen condiciones armonizadas en toda la UE para la comercialización de productos de la construcción.
Nueva normativa de referencia
En el caso concreto de los cables, cuya norma de aplicación queda desarrollada en la EN 50575, la CPR afecta a todos aquellos cables (energía, control o comunicación) que vayan a incorporarse de forma permanente en obras de construcción, ya sean edificios u obras de ingeniería civil.
Las Euroclases
Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción al fuego (Euroclases). (R.D. 842/2013)
La Declaración de prestaciones y marcado CE para cables
La declaración de prestaciones es un documento legal donde se identificara el producto, su uso previsto y se expresaran las prestaciones del cable en relación con sus características esenciales que son la seguridad en caso de incendio (reacción al fuego según UNE EN 50575) o la emisión de sustancias peligrosas. Con el marcado CE el fabricante, o en su caso el dis
tribuidor o importador, asume la responsabilidad sobre la conformidad del producto con las prestaciones incluidas en la DdP.
¿Cuando entra en vigor?
La CPR entró en vigor en julio de 2013 siendo la fecha prevista de aplicación para los cables el día 1 de julio de 2016 con un periodo de transición (validez de productos según CPR y anteriores) de un año, hasta el 1 de julio de 2017.
La Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial ha publicado con fecha 3 de abril de 2017 la “Nota aclaratoria sobre la aplicación al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (Real Decreto 842/2002) del Reglamento Delegado 2016/364, que establece las clases posibles de reacción al fuego de los cables eléctricos”.
Este documento modifica, respecto a la comercialización de cables a partir del 1 de julio de 2017, el criterio que el Ministerio había establecido y mantenido en sus versiones anteriores.
El criterio que reduce la presión a distribuidores e instaladores para eliminar de sus stocks los productos no CPR antes del 1 de Julio, mantiene dicha obligación para los fabricantes.